En virtud de la enmienda de la Ley de Ciudadanía-que entró en vigor el 1 de enero de 2011, se puede adquirir la nacionalidad húngara cuando el solicitante cumpla con los siguientes requisitos:

Para iniciar el trámite de la nacionalización tienen que presentar los siguientes documentos:

  • Diligenciar el formulario “2018-Állampolgárság igazolása iránti kérelem”
  • Si cuenta con el registro de nacimiento húngaro debe presentarlo.
  • ATENCIÓN: Si no cuenta con el registro de nacimiento húngaro, se necesita presentar el documento del registro de nacimiento colombiano + apostilla + traducción al húngarolos documentos deben ser los originales o copias certificadas por la notaría
    • Se diligencia el documento húngaro “Születés – Nacimiento” (puede solicitar el formulario en español por correo: consulate.bog@mfa.gov.hu)
    • Existe la opción de pedir la traducción de sus documentos originales en español en la Sección Consular de la Embajada, que se puede contactar en el siguiente teléfono: +57 1 541 8465 o correo electrónico: consulate.bog@mfa.gov.hu
    • La traducción tiene un costo de 40.00 USD por página.
    • No se acepta el pago en efectivo ni con tarjeta. La tarifa consular se debe consignar a la cuenta bancaria de la Embajada de Hungría. En el momento de su trámite se proporcionan los datos bancarios y el monto total (por si surge algún costo extra) que debe ser consignado después del trámite
  • Si esta casad@ y cuenta con el registro de matrimonio húngaro debe presentarlo.
  • ATENCIÓN: Si no cuenta con el registro del matrimonio húngaro, debe traer su registro de matrimonio colombiano + apostilla + traducción al húngaro.
    • Se diligencia el formulario húngaro Házasság – Matrimonio(puede solicitar el formulario en español por correo: consulate.bog@mfa.gov.hu)
    • Se pide presentarse junto con su espos@
    • Existe la opción de pedir la traducción en la Sección Consular de la Embajada, que se puede contactar en el siguiente teléfono: +57 1 541 8465 o correo electrónico: consulate.bog@mfa.gov.hu
    • La traducción tiene un costo de 40.00 USD por página.
    • No se acepta el pago en efectivo ni con tarjeta. La tarifa consular se debe consignar a la cuenta bancaria de la Embajada de Hungría. En el momento de su trámite se proporcionan los datos bancarios y el monto total (por si surge algún costo extra) que debe ser consignado después del trámite
  • Se pide toda la documentación para comprobar la línea genealógica húngara. Es necesario presentar los documentos de los ascendientes de origen húngaro, por ejemplo: certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, pasaporte húngaro del ascendiente (si hay), otros documentos adicionales húngaros, que pueden ser: certificado de estudios, certificados profesionales, libreta de servicio militar, antiguo certificado de nacionalidad.
  • Documento de identificación (Pasaporte colombiano de preferencia + cédula)
  • 2 fotos a color, tamaño pasaporte(3X4), fondo blanco (actualizada, no más de 6 meses)

Costos:

  • El trámite no tiene costo, pero pueden surgir gastos extras por trámites de traducción o legalización. La Embajada de Hungría no acepta dinero en efectivo ni pago con tarjeta. La tarifa consular se debe consignar a la cuenta bancaria de la Embajada de Hungría. En el momento de su trámite les proporcionaremos los datos bancarios y el monto total a consignar en el banco.

Importante:

  • Los formularios deben estar diligenciados en húngaro y firmados ante el Cónsul.
  • El solicitante debe presentar los documentos originales personalmente.

Tiempo de Espera:

Los tiempos escritos son unas estimaciones debido a que son competencia exclusiva de los diferentes servicios del Ministerio de Justicia y del Ministerio Interior de Hungría.

  • El trámite de verificar la nacionalidad puede tardar entre 12 - 18 meses.
     

Conceptos básicos

La Ley de Nacionalidad no tiene efecto retroactivo. Respecto a la nacionalidad húngara siempre son válidas las leyes vigentes en el momento de ocurrencia de los eventos o actos civiles: nacimiento, matrimonio, etc. (Por eso debemos tener en cuenta las leyes de nacionalidad ya derogadas). El „evento” definitorio más importante siempre es el nacimiento. Por ejemplo: si una persona nació en 1947, su derecho estaba regulado por la Ley número L (50) del año 1879. Según la misma, el hijo nacido del matrimonio hereda la nacionalidad del padre y el hijo natural la nacionalidad de la madre.

No se puede hacer distinciones discriminatorias entre ciudadanos húngaros por los diferentes modos o derechos por los cuales adquirieron u obtuvieron su nacionalidad.

 

¿Quiénes son ciudadanos húngaros?

Son ciudadanos húngaros todas aquellas personas que adquirieron su nacionalidad por leyes anteriores y no la perdieron y también aquellas que son o serán ciudadanos según la ley vigente, hasta que su nacionalidad no se haya extinguido (según la ley actual, el matrimonio no afecta la nacionalidad de las mujeres). Por ejemplo, si una mujer extranjera contrajo matrimonio con un esposo ciudadano húngaro en 1955, adquirió automáticamente la nacionalidad húngara con ese acto. Esta nacionalidad no se extinguió luego, aunque las leyes posteriores no reconocen este modo de adquirir nacionalidad. Al mismo tiempo, si alguien perdió su nacionalidad por un acuerdo bilateral entre estados, celebrado con el objeto de eliminar la nacionalidad doble, no la recuperará luego, cuando se extinga la validez de dicho acuerdo.

 

Nacionalidades múltiples

La legislación húngara acepta en general la existencia de nacionalidades múltiples (dobles). El ciudadano múltiple que posee nacionalidad húngara (y otra/s más), debe ser considerado en la práctica legal como simple ciudadano húngaro. Esta disposición no afecta la aplicación de las normas y usos internacionales referentes a la protección diplomática y consular de los ciudadanos múltiples.

 

Sustento legal de la nacionalidad húngara

El hijo de un ciudadano húngaro adquiere automáticamente la nacionalidad húngara por fuerza de la ley (por „IVS SANGVINIS”, derecho de sangre). Este derecho es independiente del lugar de nacimiento. La nacionalidad húngara puede ser” heredada” indistintamente del padre o de la madre. Aunque su condición familiar haya sido regularizada a posteriori (reconocimiento paterno pleno, matrimonio posterior de los padres, determinación judicial de paternidad), el niño debe ser considerado ciudadano húngaro retroactivamente desde el momento de su nacimiento.

El derecho de suelo („IVS SOLIS” del lugar de nacimiento) se aplica sólo sustitutivamente en la ley húngara: se considerará ciudadano húngaro al hijo de apátridas nacidos en Hungría como también al huérfano de padres desconocidos hallado dentro del territorio nacional. Estas últimas reglas pueden ser impugnadas legalmente.

 

Adquisición de la ciudadanía húngara

La nacionalidad húngara puede ser adquirida (o recuperada) por naturalización, por restauración o con declaración.

 

Pérdida de la nacionalidad húngara

La nacionalidad húngara puede perderse por renuncia.

 

Documentos probatorios de la nacionalidad

Constituyen prueba plena de la nacionalidad húngara

  • Documento de identidad húngaro vigente
  • Pasaporte húngaro vigente
  • Certificado de nacionalidad válida